Nota de Redacción.- Por tratarse de un tema de interés no solo local, sino internacional, estamos publicando el Trabajo de Investigación titulado "Tráfico Ilícito de Drogas: La Historia del Fracaso Penalizador" que
desarrolló el Dr. Marco Antonio Arrunátegui junto a sus colegas: Katherine Del Río Suárez, Cecilia Vásquez Maza, César Canchari Chacaliaza y Humberto Valladares Ñaupari.
Este informe fue presentado en la Asignatura: Derecho Penal II, cuyo Catedrático es el Dr. Juan Carlos Jiménez de la Universidad Nacional Federico Villarreal en la Maestría en Derecho Penal.
Tráfico Ilícito de Drogas:
La Historia del Fracaso Penalizador
Para abordar adecuadamente el problema del trafico ilícito de drogas, es pertinente recordar que es difícil encontrar en la historia de la humanidad una cultura que no haya hecho uso (por lo general ritualizado) de alteradores de la conciencia. Las sociedades siempre han tenido drogas, según lo señalan Roberto Lerner y Delicia Ferrando.Lo que es reciente, es la adicción obsesiva. La masificación del consumo inspiró a los Estados el camino para un manejo criminalizado del problema y con ello, la existencia de una red ilegal y subterránea de la comercialización. Lo que hay que preguntarse entonces, no es tanto por qué se consume droga (porque la humanidad siempre lo ha hecho); sino: por qué se la consume en algunas sociedades contemporáneas en forma obsesiva y por qué la respuesta a ese mayor consumo ha sido la criminalización. En este contexto, se denomina narcotráfico al comercio clandestino de drogas adictivas prohibidas, normalmente por mafiosos, siendo una de las principales fuentes de dinero ilícito a partir del siglo precedente.
6000 años de antigüedad
El alcaloide de la cocaína fue aislado por primera vez en 1844 y administrado cuarenta años después (1883) por el Dr. Theodor Aschenbrant, un físico del ejército prusiano, a los soldados bávaros para sus maniobras de otoño; droga producida por el laboratorio Merck. Pero el consumo de hojas de coca en América, tiene más de 6000 años de antigüedad.
A pesar de estos antiguos antecedentes, recién el año 1912 la comunidad internacional, tomó conciencia que el consumo de estupefacientes y el narcotráfico eran un problema que competía al conjunto de la humanidad, promoviendo en La Haya la Convención Internacional sobre el opio, a la que el Perú se adhirió el 24 de julio de 1913; la misma que fue sustituida por la Convención Única sobre estupefacientes de 1,961 en la que se incluyó en el artículo 1º la cocaína, derivada del arbusto erythroxilon (coca).
Actualmente el narcotráfico es el problema más grave que afecta a la humanidad. Expresa una gama variada de contradicciones de la sociedad contemporánea. Tiene a su vez, efectos y repercusiones en distintos planos de la vida social: la economía, las relaciones jurídicas, el medio ambiente, el orden público, la estabilidad institucional y las relaciones internacionales, entre otros; como dice Diego García Sayán.
Corrupción y violencia
Este ilícito "negocio" genera dos graves consecuencias: corrupción y violencia, atentando contra la soberanía de los Estados. Sin embargo, todos los esfuerzos nacionales e internacionales por enfrentar el problema, han fracasado. Cada día el consumo es mayor y obviamente, se ha incrementado la producción, obedeciendo a las leyes de oferta y demanda. A todas luces, la concepción penalizadora no ha surtido el efecto deseado.
Para continuar, es pertinente resumir los siguientes conceptos; primero; todas las civilizaciones han consumido sustancias sicotrópicas, ninguna de las cuales (una vez descubiertas o inventadas) han desaparecido. Conviven de diversas formas en la sociedad. Segundo, este no es un problema nacional, sino que compete a toda la humanidad, porque unos Estados son los que consumen y otros los que las producen. Tercero, a pesar de todos los esfuerzos que hemos hecho, debemos reconocer que no hemos tenido éxito; y cuarto, la corrupción y violencia con que "compiten" los Cárteles, por segmentos de "mercado", son consecuencia de la actividad ilegal y subterránea en que se mueven.
Y finalmente, mientras el narcotráfico sea el negocio más importante y floreciente del planeta, como dijo Francis A. Keating, asistente del Secretario del Tesoro de los EEUU en 1988, la solución está cada vez más distante, pero no imposible.
Politica Criminal Internacional
Convenios Multilaterales: El primer convenio multilateral contra los estupefacientes se suscribió en 1912, en el expreso entendimiento de que el uso de estas sustancias y el narcotráfico, son un problema que compete al conjunto de la humanidad.
Fue firmando el 23 de Enero en La Haya, y tuvo por finalidad la "supresión progresiva del abuso del opio, la morfina, la cocaína, así como de las drogas preparadas o derivadas de estas sustancias". El Perú se adhirió a esta Convención el 24 de Julio de 1913, y al Protocolo de Ejecución de la misma al firmar el Tratado de Versalles. Habiéndonos comprometido (Capítulo IX) a "limitar la fabricación, la venta y el empleo de la cocaína".
Posteriormente a este Convenio se suscribieron otros con los mismos fines, hasta llegar a la Convención Única sobre estupefacientes de 1961, la que abrogó todas las anteriores, considerando en su preámbulo que para "ser eficaces las medidas contra el uso indebido de estupefacientes se hace necesaria una acción concertada y universal".
En el Artículo 26 ("El arbusto de coca y las hojas de coca") se comprometieron los Estados participantes, entre ellos el Perú, a "arrancar de raíz todos los arbustos de coca que crezcan en estado silvestre y destruirán las que se cultiven ilícitamente". es pertinente preguntarse: ¿hemos cumplido este convenio que suscribimos voluntariamente en 1961?
Responsabilidad colectiva: Posteriormente, en Asamblea Plenaria celebrada el 19 de Diciembre de 1988, las Naciones Unidas celebraron la Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, en la que, las partes reconocen que "la erradicación del TID es responsabilidad colectiva de todos los Estados y que, a ese fin, es necesaria una acción coordinada en el marco de la cooperación internacional".
Y en cumplimiento del Artículo 3º (Delitos y Sanciones) nos comprometimos a tipificar como delito penal la fabricación, la extradición, la preparación, la oferta, la distribución, la venta, la entrega, el envío, la importación o la exportación de cualquier sustancia sicotrópica en contra de lo dispuesto en la Convención de 1961.
Esta Convención estuvo abierta para la firma desde el 20 de diciembre de 1988 hasta el 28 de febrero de 1,989 en la Oficina de las Naciones Unidas en Viena.
Estos tres documentos internacionales (el de 1912, el de 1961 y el de 1988) son los principales Convenios Multilaterales a los que el Perú se adhirió, y como tal, de ejecución obligatoria. Pero ellos también comprometieron a los países consumidores a enfrentar este problema, en el entendido que la demanda genera la producción y no al revés. Después de estas declaraciones de intenciones, cabe reflexionar nuevamente, si hemos tenido éxito, a pesar de los compromisos asumidos.
Convenios hemisféricos: El 25 de abril de 1986 se firmó en Río de Janeiro el Programa Interamericano de Acción Contra el Consumo, la Producción y el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas (OEA-CICAD) en el que se establece (Capítulo 6º) que "el TID constituye un fenómeno global que puede amenazar la soberanía de los Estados y la integridad e identidad de los pueblos".
Se crea la Comisión Interamericana para el Control de Drogas (CICAD) y se asigna al Comité Jurídico Interamericano la responsabilidad de estudiar la conveniencia de armonizar las legislaciones nacionales sobre el TID.
A este programa, le siguieron la Declaración de Guatemala (15 de Noviembre de 1986) y la Reunión Ministerial "Alianza de las Américas contra el Narcotráfico". Declaración y Programa de Acción de IXTAPA celebrada el 20 de abril de 1,990, en la que se exhorta a los países (Artículo 11) para que realicen "un adecuado control fronterizo para impedir la acción de los narcotraficantes en las zonas de frontera".
Otras fuentes de ingreso: El 15 de Febrero de 1990, se realizó la Cumbre Andina en Cartagena, Colombia. En ella se señalan el "Desarrollo Alternativo y la Sustitución de Cultivos de la Hoja de Coca", como vías para fomentar el aumento de oportunidades de empleo y de ingresos en las zonas cocaleras, con el fin de alentar otras fuentes de ingreso para los productores de estas hojas.
Se señala también que la erradicación puede ser una parte esencial en la lucha contra el TID en cada país. Asimismo se insiste en la interdicción para interrumpir la corriente de drogas ilícitas que se dirige del productor al consumidor. Comprometiéndose además al control de activos financieros y de las sustancias químicas esenciales usadas en la producción de drogas ilícitas.
A ella le siguió la Cumbre sobre Drogas en San Antonio, Texas de 1992, en la que EEUU y las NNUU, se comprometen a establecer una base amplia para el financiamiento del Desarrollo Alternativo.
Luego la V Cumbre Presidencial del Grupo de Río en 1991 y las Actas de La Paz y Caracas. A ellas les siguieron múltiples convenios bilaterales.
Política Criminal Interna
Normatividad Nacional
Derivada de los compromisos internacionales asumidos e interpretando nuestra dramática realidad, el Estado peruano diseñó una política criminal en el problema de las drogas, traduciéndose en una normativa penal nacional, contenida en leyes, decretos legislativos, decretos leyes, decretos supremos, resoluciones legislativas, resoluciones ministeriales y resoluciones supremas, constituyéndose estas, en un frondoso activo de dispositivos legales para penalizar el TID.
En orden de prelación, comenzaremos comentando las leyes. Para tal efecto, debemos mencionar la ley Nº 22095, Ley General de Drogas del 21 de Febrero de 1978, como la más antigua. A ella le siguieron la Nº 4388, la misma que modificó varios artículos del Código de Procedimientos Penales, aprobada el 5 de diciembre de 1985.
Luego tenemos el Decreto Ley Nº 25623, en el que se especifican los productos e insumos químicos directos o indirectamente destinados a la elaboración de pasta básica de cocaína, pasta lavada y clorhidrato de cocaína que estarán sujetos a control y fiscalización, aprobado el 21 de Julio de 1992.
Asimismo, se registra una gran cantidad de Resoluciones Legislativas, Ministeriales y Supremas, referidas el tema. Con lo que queda demostrado que el ordenamiento jurídico para combatir el narcotráfico es frondoso, el mismo que se resume en el Código Penal Vigente.
La planta de coca
La coca es un arbusto de clima amazónico. Se desarrolla óptimamente entre los 1,000 y 2,000 mts. por encima del nivel del mar. Sus propiedades estimulantes, debido a ciertos alcaloides que contienen sus hojas, la hicieran muy apreciadas desde tiempos precolombinos.
Inicialmente, hace más de sesenta años, se cultivó coca en el Perú solo para consumo tradicional. Preferentemente, los sembríos estuvieron ubicados en los contrafuertes del Este de la cordillera oriental de los andes, concretamente en la franja que se extiende entre las ciudades de la Paz (Bolivia) y el Cusco (Perú).
Sin embargo la masificación del uso de la cocaína, extendió inevitablemente las áreas, y por razones climáticas y de suelo, se asentó en el Huallaga, luego en diversos valles de la sierra y selva, incluido el de los ríos Apurímac y Ene (VRAE), habiendo llegado en la actualidad a 62,000 hectáreas según la UNODOC. Extensión que a pesar de todos nuestros esfuerzos en contrario siguen creciendo. ¿Cómo podría disminuir, si se está incrementando la demanda de cocaína?
La hoja de coca es famosa por los 14 alcaloides estimulantes que contiene, el más conocido de los cuales es la cocaína. No es sin embargo, la única sustancia que contienen las fibras de la hoja. En 1997 Timothy Plowmann de la universidad de Harvard demostró que 10 grs de coca proporcionan 305 calorías, 19 grs de proteínas, 5grs de grasas, 46grs de hidrato de carbono, 1.5grs de calcio, 1.4grs de vitamina C y 11,000 UI de vitamina A.
Comercialización
Dado que la producción y comercialización, son penadas por Ley, estas actividades son "subterráneas" y están a cargo de mafias que compiten por abastecer la mayor cantidad de "nichos" de mercado en el ámbito nacional e internacional.
El Perú solo consume el 1.7% de cocaína que produce, particularmente la pasta básica. Dada la baja demanda, los precios nacionales también son centros de consumo. Hasta hace una década, el mercado dominante eran los EEUU. Luego este se orientó hace el Asia y Europa así como algunos países Asiáticos. Hoy el mercado más dominante es el Brasil.
El volumen de cocaína procedente de Bolivia, Colombia, Perú, se incrementó en 52% en los últimos 5 años. Sin embargo, incautaron entre el 2007 y 2012, 130 toneladas, cifra mayor en 52% a lo incautado entre 2003 y 2007.
84,000 millones de dólares
Las oficinas de las Naciones Unidas para el Tráfico de Drogas y el Crimen Organizado (UNODOC) estiman el mercado mundial de la cocaína en 84,000 millones de dólares; cifra astronómica que nos induce a pensar, si una "industria" que mueve esa fabulosa cifra cada año, puede desaparecer.
Para aquilatar como se mueve el negocio de la comercialización hacia los EEUU, por ejemplo, diremos: 1kg de cocaína pura se vende en Colombia a 1,700 dólares. Al Cruzar el canal de Panamá el precio es ya 2,500 dólares y va aumentando en la medida en que avanza en su recorrido a ese país.
En la frontera norte de México alcanza los 12,000 a 15,000 mil dólares y al ingresar a los EEUU, por ejemplo vale 20,000 mil dólares y 30,000 mil en la costa oeste. Pero en ese país se "rebaja" para obtener cuatro kilos, elevándose a 120,000 mil dólares.
Extraño, muy extraño
La DEA, tan diligente en investigar e identificar los Cárteles de la droga en otros países, no ha logrado hasta hoy (por razones sospechosamente extrañas) identificar los nombres de los Cárteles de su país. Extraño, muy extraño.
Queremos terminar este capítulo, transcribiendo lo que dijera Nancy Reagan en su último mensaje como esposa del Presidente de los EEUU el 25 de octubre de 1988: "El Cártel de la cocaína no comienza en Medellín. Comienza en las calles de Nueva York, Miami, Los Ángeles, en cada ciudad de Estados Unidos donde se compra y vende la cocaína. El consumidor de drogas, es quien proporciona el mercado y quien financia la empresa".
¿Qué nos hace pensar entonces que existiendo una demanda creciente, se puede disminuir la oferta? ¿Que nos hace pensar que una política criminalizadora, que ha fracasado hasta hoy en su intento de enfrentar el problema, tendrá mayor efectividad en el futuro?
Legislación Penal Peruana
Conceptos Preliminares.- Es pertinente comentar previamente el artículo 23º referido a la autoría. En él se dice que el que realiza por sí o por medio de otro el hecho punible, y los que cometan conjuntamente serán reprimidos con la pena establecida por esta infracción. Conforme a la teoría objetiva estricta, dice el Dr. Luis Bramont Arias: "es autor todo aquel que contribuye causalmente a la realización del hecho, con independencia de la mayor o menor importancia de su contribución causal". Todo colaborador es autor.
Hacemos esta anotación, en razón que los llamados "remanentes de Sendero Luminoso", son reconocidos colaboradores de las firmas del narcotráfico que operan en el Huallaga y el VRAE, tal como ellos mismos lo han admitido, razón por la cual los delincuentes capturados, han sido procesados por narcotráfico.
La Sección II, Tráfico Ilícito de Drogas, reconoce que no se castiga el consumo de drogas por adultos, lo que iría en contra de la libertad individual de toda persona. Pero hay un aspecto muy importante que señalar: desde una perspectiva criminológica, la simple prohibición resulta siempre criminógica y más dañina socialmente. Es decir, prohibir la comercialización de la droga, aumenta la criminalidad organizada. Con lo que resulta paradójico: cuanto más se persigue el delito, más se alienta la corrupción y la violencia de esta "industria".
Código Penal: TID.- El tráfico ilícito de drogas, se introduce en el ordenamiento jurídico–penal de todos los países, con la finalidad de dar cumplimento a los tratados internacionales que suscribieron en forma voluntaria.
En nuestro país, se penaliza el TID y además la utilización de "precursores" para elaborar la droga. El Código Penal en su artículo 296, prescribe respecto a ambos delitos lo siguiente:
"El que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico o los posea con este último fin, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de ocho ni mayor de quince años, con ciento ochenta a trescientos veinticinco días – multa e inhabilitación conforme al artículo 36°, inciso 1,2 y 4".
Respecto a los "precursores" establece que: "El que importa, exporta, fabrica, produce, prepara, elabora, transporta, almacena, posee, adquiere, vende o de cualquier otro modo transfiere insumos químicos o productos sin contar con las autorizaciones respectivas, o contando con ellas se hace uso indebido de las mismas, con el objeto de destinarlos, a la producción, extracción o preparación ilícita de drogas, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de cinco ni mayor de diez años y con sesenta a ciento veinte días de multa".
"El que posee droga en dosis personal para su propio e inmediato consumo está exento de pena. Para determinar la dosis personal, el Juez tendrá en cuenta la correlación peso– dosis, la pureza y la aprensión de la droga.
Estos ilícitos penales tienen relación con los delitos contra la ecología, contenidos en el Título XIII, particularmente con el artículo 304° "vertido ilegal de residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquiera otra naturaleza, que causen o puedan causar perjuicio o alteraciones en la flora, fauna y recursos hidrobiológicos.
Todos estos ilícitos tienen sus agravantes, los mismos que están contemplados en los artículos 297° y 305°.
Consideraciones Político Criminales.- El legislador peruano (como se puede ver) ha tipificado en esta caso los actos preparatorios, en relación al cultivo y la fabricación de productos tóxicos o estupefacientes o sustancias sicotrópicas, porque ha querido concertar con la comunidad internacional los instrumentos jurídicos orientados a la represión de determinadas actividades definidas como singularmente amenazadoras, perjudiciales para el bienestar de los pueblos, así como lo dice Francisco muñoz conde.
Sin embargo, el Código Penal solo penaliza la siembra compulsiva de las hojas de coca, quedando en el limbo, quien legaliza los otros sembríos, los que voluntariamente son cultivados, siendo que estos son el insumo más importante para fabricar la cocaína. La pregunta sería entonces ¿estamos cumpliendo a cabalidad la Convención Única sobre Estupefacientes?
"Ley penal en blanco".- Merece una mención especial, que la penalización referida a los "precursores", es una "ley penal en blanco", esta se justifica – como dijera Peña Cabrera – por la circunstancia de que hay materias en las cuales el Legislador debe actualizar esta técnica excepcional, debido a situaciones sociales fluctuantes que exigen una legislación de oportunidad. Sin embargo es bueno remarcar que el convenio de Viena no obliga a los Estados partes la creación de un tipo autónomo del tráfico de precursores, pero si exige la lucha contra el TID. El delito de tráfico de precursores, es un delito de anticipación. Razón por la cual, pareciera que es necesario revisar el principio de proporcionalidad, debido a la presunta elevada imposición de la pena para este delito.
Combate Punitivo: Del Huallaga al VRAE
Como dijimos, hace más de sesenta años, se comenzaron a extender los cocales del valle de La Convención, ante la creciente demanda de la cocaína en el exterior.
Dada las condiciones climáticas y de suelo, los agricultores de la sierra central, migraron hacia el valle del Huallaga, para sembrar coca. Y con esta actividad, dieron inicio a la elaboración de la droga en ese territorio. El Estado peruano decidió enfrentar represivamente el problema e incrementó exponencialmente la presencia de las fuerzas del orden: PNP y EP, Instalando bases militares y puestos policiales, debido a que los narcotraficantes se aliaron a Sendero Luminoso, organización criminal que estableció lazos con ellos, obteniendo pingües ganancias para financiar sus desquiciados propósitos políticos.
Hace una década, por el "efecto globo", estos cultivos se trasladaron al VRAE (valle de los ríos Apurímac y Ene), donde el clima y suelo también son propicios, y la presencia de las fuerzas del orden es menor. A su vez, se abrieron nuevas rutas hacia Bolivia y luego Brasil, o directamente hacia este país, vía aérea. Y como era de esperarse, los "remanentes senderistas" también migraron a este sector y se volvió a generar la misma alianza que tenían en el Huallaga; solo que ambos (narcotraficantes y terroristas), habían aprendido de su experiencia en el Huallaga. Razón por la cual, se hace más difícil para el Estado enfrentarlos eficazmente.
Estrategia fallida
Como si se tratara de dos problemas diferentes el estado peruano ha decidido aplicar una estrategia en el Huallaga y otra en el VRAE (no VRAEM, porque el valle del Mantaro está sumamente distante). Y como lo hizo en el Huallaga, ha diseminado efectivos de la Policía y el Ejército en la zona. Sin una visible unidad de comando y actuando en forma independiente, la lucha militar contra esta lacra no ha sido efectiva a pesar del tiempo (más de seis años) y la fuerza (más de 5,000 efectivos). Actualmente el VRAE produce el 40% del total de cocaína producida en el país (320 toneladas), siendo que en la década del noventa del siglo pasado no llegaban ni al 5%. Y esta cifra está en aumento, no en decremento.
¿Policía o Ejército? ¿O ambos?
Atrapados en sus indefiniciones, el Estado viene empleando como dijimos, efectivos de ambas fuerzas. Pero resulta que combatir el TID es una responsabilidad que le compete a la PNP, la misma que por corrupción no ha podido decomisar ni el 5% de la droga producida, ni el 3% de los "precursores" empleados. Para luchar contra el TID, el Ejército (como lo hizo una época en el Huallaga) necesita la dación de dispositivos legales que lo autoricen.
Sin embargo la experiencia ha demostrado que tampoco pueden sustraerse al poder corruptor del TID. La experiencia del Huallaga fue un episodio negro para la institución castrense.
Pero puede existir una fórmula de colaboración. La Policía actúa contra los narcotraficantes y el Ejército, puede actuar como fuerza de contención o aislamiento.
Esto es justamente lo que se viene debatiendo en el Congreso. Algunos países como Colombia y México, han involucrado a sus fuerzas armadas en esta lucha. Pero los resultados son desalentadores. Se sigue produciendo más droga y la violencia se ha incrementado. Existe la apreciación equivocada que capturando a los cabecillas de los Cárteles, se acabará con el problema. Nada más desacertado. Estas son organizaciones que existen no por los capos, sino porque los interese son compartidos por varios. Desapareciendo uno, otro tomará la posta.
¿Narcoterroristas?
El Estado peruano aún no ha podido definir quién es el enemigo en el VRAE. Algunos dicen que son terroristas, otros que son narcotraficantes, pero los más (incluso voceros del Gobierno) dicen que son "narcoterroristas"; pero resulta que en el Código Penal no existe este ilícito penal, por lo tanto, constitucionalmente no podrán ser juzgados por un delito inexistente.
Si estos "remanentes senderistas" colaboran, apoyan, facilitan y dan seguridad a los productores y comercializadores de cocaína, no hay ninguna duda que son narcotraficantes. la prédica senderista, solo es una forma de distraer y confundir al Gobierno, restándole eficacia a sus acciones como ha sucedido hasta hoy.
Sin embargo, si se cortan los flujos de "precursores" a las zonas del VRAE, no habrá posibilidad de convertir la hoja de coca en droga. Para ello, el Ejército si será eficaz, cerrando las direcciones de aproximación. La policía ha demostrado ineficiencia por corrupción.
Conclusiones
A.- Las sociedades siempre han tenido drogas, y una vez inventadas no han podido ser erradicadas.
B.- El narcotráfico o TID, es el comercio clandestino de drogas adictivas prohibidas, ejecutado por mafiosos.
C.- Esta es una amenaza global que se ha pretendido enfrentar a través de convenios internacionales a partir de 1912, privilegiando la criminalización.
D.- En cumplimiento de esos convenios, a los que se adhirió voluntariamente el estado peruano, articuló su política criminal interna.
E.- EL Código Penal tipifica y sanciona el TID y el tráfico de "precursores".
F.- Lamentablemente, todos estos esfuerzos han fracasado, debido a la creciente demanda, la misma que ha originado una gran corrupción. Producimos 320 toneladas de cocaína al año.
G.- Para producir esta gran cantidad de droga, se han extendido los sembríos de coca. Actualmente existen 62,000 hectáreas en todo el país. El VRAE produce el 40 % de droga.
H.- Se ha originado una alianza perversa entre los narcotraficantes y los "remanentes de Sendero", los cuales cuentan con el apoyo de la población, quien vive directa e indirectamente de este ilícito "negocio".
I.- Por sus características, no existe sustituto de la hoja de coca. Por razones de precio, producción y facilidades de comercialización.
J.- En el VRAE (como en el Huallaga) se están empleando a la PNP y la FFAA, sin resultados positivos. Falta definir al enemigo.
K.- Pregunta final: Si de todas las drogas que inventó el hombre, ninguna ha podido ser erradicada, ¿Por qué presumimos que podemos hacerlo con la cocaína? ¿Cómo lograrlo si la demanda es cada vez mayor? ¿No habrá llegado la hora de explorar nuevas alternativas como la legalización?